¿Qué es el CICAC?

 

El Centro de Información Conozca a su Cliente, conocido como CICAC, es una plataforma que tiene como base lo indicado en el artículo 16 bis de la Ley 7786, donde le otorga a la Sugef la responsabilidad de crear una base de datos con información de la política conozca a su cliente. 


Con el objetivo de cumplir con dicho mandato, la Superintendencia realizó un desarrollo tecnológico, obteniendo como resultado el CICAC, el cual es un expediente electrónico que recopila y almacena la información de cada cliente, como insumo básico para la atención de la política conozca a su cliente (PCC).


Con esta nueva plataforma y su entrada en vigencia desde este 1° de julio 2022, las entidades financieras deben gestionar ante sus cliente una autorización de consulta -consentimiento informado- para poder crear en el CICAC el expediente conozca a su cliente, o bien, acceder a la información creada por otra entidad

 

Principal Beneficio

Esta plataforma unifica la información relacionada con la PCC en una sola base de datos, lo que coadyuba en la lucha contra el lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, reforzando también la simplificación de trámites y ahorro de recursos económicos para cada cliente, considerando que una vez que el CICAC entre en operación el cliente no tendrá que aportar la información que se solicita para la aplicación de la PCC en cada entidad financiera, lo hará una única vez, y posterior, solo debe otorgar su autorización de consulta en este sistema.

 

Importante saber…

  • Todas las entidades financieras deben gestionar ante el cliente una autorización de consulta -consentimiento informado- para que puedan crear en el CICAC el expediente conozca a su cliente.
  • El Banco solo podrá consultar o modificar la información relacionada con la política conozca a su cliente contenida en el CICAC, si cuenta con la autorización de consulta firmada por el cliente

 

Consultas frecuentes de nuestros Clientes

1. ¿Cuándo entrará en operación?

El Centro de Información Conozca a su Cliente entró en operación el pasado 1º de julio de 2022.
  
2. ¿Qué debo hacer para brindar mi autorización para crearme o consultar mi información en el CICAC?

El trámite debe realizarse a través de una plataforma de servicio, sea esta presencial o móvil (oficinas comerciales o BCR Directo) en donde los funcionarios cuenten con el perfil para descargar la carta de autorización –consentimiento informado- desde la plataforma CICAC. Este es un trámite personal.

3. ¿Cuál información se cargará al CICAC?

Los datos correspondientes a la Política Conozca a su Cliente, como lo son: datos personales, dirección, contacto, actividad económica (s) y documento de respaldo sobre origen de fondos.

En ninguna circunstancia se cargarán números de cuentas, saldos, movimientos o información de ningún otro producto o servicio que utilice como cliente. 

4. ¿La firma del documento de autorización debe ser digital o manuscrita?

Las dos opciones son aceptables para la Entidad, según la disponibilidad del cliente.

5. ¿Debe firmarse esta autorización una única vez?

Cada entidad Financiera con la que el cliente tenga relación deberá gestionar su correspondiente autorización; el cliente puede elegir si autoriza a todas las entidades con las que tiene relación o si prefiere solo algunas. 

6. ¿Qué pasa si como cliente, no estoy de acuerdo en que mis datos se carguen a la plataforma? 

Para estos casos, el Banco de Costa Rica cuenta con una carta (formulario predeterminado) en donde el cliente, de forma expresa, indicará que NO accede a autorizarlo para consulta o carga de datos al Centro de Información Conozca a su Cliente, esta se documentará en su expediente.

7. En mi condición de cliente, ¿puedo ingresar de forma directa al sistema? 

Si, para esto deberá tramitar su usuario ante la SUGEF de forma directa y personal, igualmente debe contar con firma digital para que proceda su solicitud. Aún así, si requiere modificar datos, requerirá apersonarse a una Entidad donde exista un funcionario con perfil para autorizar las modificaciones.
 

8. ¿Cómo debo ingresar al sistema? 

Para ingresar a la plataforma es indispensable contar con la firma digital emitida por el BCCR, lo cual garantiza la identidad del usuario, sea este funcionario de una entidad o el cliente. 

 
9. ¿Puedo revocar la autorización que le otorgué a alguna Entidad? 

Si, en el momento en que lo considere prudente, deberá comunicarlo a la Entidad correspondiente. Igualmente, la autorización se revocará al momento que se finalice la relación comercial con el cliente, sea por decisión de éste o del Banco. 

10. Si soy un cliente en condición de "asalariado” o “pensionado” ¿aplica la gestión de autorización para el BCR?

Si bien el dato de sus ingresos -origen de fondos- se captura de sistemas adicionales y formales externos, el Banco siempre se deberá contar con la autorización del cliente para poder acceder a los datos del cliente en el CICAC.

11. ¿Qué debo hacer para brindar mi autorización para crear o consultar mi información en el CICAC?

El trámite debe realizarse a través de una plataforma de servicio, sea esta presencial o móvil (oficinas comerciales o BCR Directo) en donde los funcionarios cuenten con el perfil para descargar la carta de autorización –consentimiento informado- desde la plataforma CICAC. Este es un trámite personal.

 

Para obtener más información sobre CICAC puede visitar la página de la Sugef en el siguiente link: https://www.sugef.fi.cr/tramites_servicios/servicios/CICAC.aspx

O bien, contáctese directamente con nosotros al 2211 1111