Crédito de Vivienda Accesible

Su sueño de tener casa propia

Conozca los detalles de este crédito:

Modalidad con Bono

Hasta ₡72,675,000.00

Según capacidad de pago y garantía.

Garantía

Hipoteca, Fideicomiso e Hipoteca Abierta

Porcentaje financiamiento

Hasta un 95% + Bono.

Hasta 30 años

Diferentes plazos a su disposición.

Modalidad sin Bono

Hasta ₡62.510.950

Según capacidad de pago y garantía

Garantía

Hipoteca, Fideicomiso e Hipoteca Abierta.

Porcentaje financiamiento

Hasta un 95% + 5% (aporte del cliente)

Hasta 30 años

Diferentes plazos a su disposición.

Aplica únicamente para personas cuyo ingreso familiar se encuentre en un rango entre ₡424.129,50 y ₡1.696.518

Valor máximo de la vivienda ₡65.801.000

Exoneración de honorarios y avalúo para las primeras 300 solicitudes. (aplican restricciones ver reglamento)

Condiciones para obtener su crédito

  • Tener cuenta corriente o ahorros con el BCR.
  • Estar afiliado a Bancobcr.com y BCR Móvil.
  • Cargo automático del pago del crédito.
  • Planilla con el BCR (no indispensable).

Pasos para solicitar su crédito de vivienda

  1. Complete el formulario de Solicitud de Producto.
  2. Luego será contactado por uno de nuestros ejecutivos.
  3. Registre su número celular y correo electrónico y espere respuesta a su solicitud.

Calcule su cuota

Comisiones y gastos:

  • Comisión de formalización: 0.75%* sobre el monto del crédito.
  • Comisión por pago anticipado: 0.00% si el cliente cancela con fondos propios.
                                                          2.00% por 5 años, si el cliente cancela con otro financiamiento.
  • Avalúo: Todos los clientes deben pagar el avalúo. Excepto para las viviendas con la Declaratoria de Interés Social; que cancelarían el 50%, según lo indicado en la Ley 7052 del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda.
  • Honorarios y Gastos Legales: Todos los clientes deben pagar los honorarios. Excepción, los casos que se tramiten con abogados de las empresas desarrolladoras que mantengan convenio con el BCR; excepto para las viviendas con la Declaratoria de Interés Social; que exoneran el 100%, cuando se tramitan con abogados internos (solo pagan timbres e impuestos de traspaso y/o cancelación gravámenes), pero si se tramitan con abogado externo la exoneración es del 50% en los honorarios,  según lo indicado en la Ley 7052 del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda.
  • Casos de Construcción: Para las viviendas con la Declaratoria de Interés Social; para tramites de permisos tanto el CFIA, como las municipalidades se exonera el 50%, según lo indicado en la Ley 7052 del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda.

Plan de inversión sin bono- sólo crédito:

  • Compra y/o reparación de vivienda para el deudor Compra de vivienda: Casa, apartamento o condominio. 
  • Compra y/o reparación de vivienda para terceros, sin fines comerciales (Miembros del núcleo familiar para uso habitacional del familiar directo).
  • Construcción de vivienda para el deudor.
  • Construcción de vivienda para terceros sin fines comerciales (Miembros del núcleo familiar para uso habitacional del familiar directo).
  • Ampliación y mejora de vivienda del deudor.
  • Compra de terreno para construcción de vivienda del deudor.
  • Compra de Lote y Construcción.

Plan de inversión con bono- BANHVI:

  • Compra de primera vivienda (casa, departamento o condominio) Casa Nueva o Usada (mínimo dos habitaciones según norma BANHVI).
  • Programa de Segunda Planta. Construcción de primera y/o segunda planta, Reparación, Ampliación, Mejoras y Terminación de Vivienda (RAMT).
  • Compra de Lote y Construcción.
  • Construir en Lote propio **, puede solicitar el Bono para construir la vivienda.
  • Mejora de casa propia, reparación, ampliación, y terminación de vivienda (RAMT).
  • Construir en lote familiar. La familia solicitante del bono y la familia dueña del terreno deben estar emparentadas en al menos uno de los integrantes, por relación de consaguinidad, afinidad o parentesco colateral hasta el tercer grado inclusive.
  • Adoptar los cambios que el BANHVI realice posteriormente.
  • ** Cancelación de hipoteca (originada por la adquisición del lote) en entidades supervisadas por SUGEF en ambas monedas.

Forma de Pago:

 

  • Mediante cuotas mensuales consecutivas e imputables a capital e intereses vencidos. Tasa variable todo el plazo.

Dirigido a:

  • Financiamiento sin Bono

    Es un producto de crédito de vivienda dirigido al segmento de personas con ingresos medios e ingresos menores, que los excluye de los créditos usuales de vivienda del banco, que además buscan un proyecto de vivienda menos ambicioso. Estaremos abarcando todos los ingresos hasta el límite considerado por el BANHVI para personas con ingresos medios.

    Personas físicas, según lo indicado en las Políticas de Crédito vigentes, en el apartado “Sujetos de Crédito, segmento persona física”, que se encuentren en algún tipo de núcleo familiar o solas y que cumplan con los rangos salariales establecidos, tener un ingreso reglamentario familiar que no supere el monto establecido por el BANHVI, ajustable semestralmente. Estos montos se refieren a la suma de los salarios brutos (sin rebajos) de los que trabajan en la familia aplican también personas pensionadas con depósito en el BCR; así como personas con discapacidad y personas trabajadoras del Conglomerado financiero BCR

    Financiamiento con Bono:

    Es un producto de crédito de vivienda dirigido al segmento de personas con ingresos medios e ingresos menores, que los excluye de los créditos usuales de vivienda del banco, que además buscan un proyecto de vivienda menos ambicioso. Estaremos abarcando todos los ingresos hasta el límite considerado por el BANHVI para personas con ingresos medios; además los que se postulen para el bono familiar y que cumplan tanto con las condiciones publicadas por BANHVI, para crédito – bono, programa RAMT, así como cualquier otro programa que del BANHVI.

    Personas físicas, según lo indicado en las Políticas de Crédito vigentes,  en el apartado “Sujetos de Crédito, segmento persona física”, que se encuentren en algún tipo de núcleo familiar o solas y que cumplan con los rangos salariales establecidos, tener un ingreso familiar que no supere el monto establecido por el BANHVI, ajustable semestralmente.;  que además  cumplan con lo establecido en la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda y Creación del Banco Hipotecario de la Vivienda, N.º 7052, y sus reformas y reglamentos; así como sus reglamentos e instructivos. Ley 9497. Reforma al artículo 50 de la LSFNV, Ley 8957 Creación de un Bono Familiar en Primera y Segunda Edificación Ley 9295 Bono Patio para la creación una segunda vivienda familiar independiente de forma vertical. Estos montos se refieren a la suma de los salarios brutos (sin rebajos) de los que trabajan en la familia, aplican también personas pensionadas con depósito en el BCR; así como personas con discapacidad y personas trabajadoras del Conglomerado financiero BCR.

 

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