Comité de Inversiones de BCR Pensiones S.A

El Comité de Inversiones debe, al menos, cumplir las siguientes funciones:  


a. Asesorar al Órgano de Dirección en la planificación estratégica de las inversiones y en la definición de la asignación estratégica de activos,        de los fondos administrados. 

b. Proponer, para discusión y aprobación del Órgano de Dirección, la política de inversiones para cada uno de los fondos administrados. Dicha; política debe ser revisada por el Órgano de Dirección, como mínimo, de manera anual. c. Aprobar el manual de procedimientos de inversión.  

d. Proponer al Órgano de Dirección, la metodología de cálculo para la medición del desempeño de los fondos. 

e. Establecer los mecanismos y controles necesarios para verificar el cumplimiento de las políticas de inversión, la sujeción al régimen de inversión previsto y a los límites de riesgos vigentes.

f. Supervisar las tácticas de inversión adoptadas para la gestión de los portafolios de inversión y la cartera de crédito, y que las mismas sean; acordes con los principios dictados en este Reglamento.

g.Vigilar la ejecución de las medidas de contingencia aplicadas en caso necesario, e informar su resultado al Órgano de Dirección. h. Informar al Órgano de Dirección y al Comité de Riesgos, al menos trimestralmente o antes de ser necesario, sobre el desempeño de los portafolios, la cartera de créditos, cumplimiento de la política de inversiones y cualquier desviación en el logro de los objetivos.

i.Aprobar y dar seguimiento a los planes de reducción de riesgos relacionados con las inversiones, e informar al Órgano de Dirección sobre el      mismo.

j. Proponer al Órgano de Dirección ajustes a la política de inversión cuando se determine que las condiciones que los sustentaron han cambiado.

k. Intercambiar constantemente información con las áreas que representan las líneas de defensa para realizar acciones correctivas o de                  mitigación de los riesgos asumidos en el proceso de inversión.  

 

 

Miembros de este Comité:

Andrés Córdoba Torres
Jefe de Oficina Informes Factibilidad y Costos 
Marlon Fernández Céspedes
Jefe de Oficina de Finanzas Corporativas
Manuel Marttio Marenco Fernández
Miembro Externo
Gabriel Alpízar Chavez
Gerente de Área de Tesorería (Presidente)
María de los Ángeles López Gómez
Jefe de la Oficina de Inversiones y Mercado Cambiario

 

 

Comité de Riesgo BCR Pensiones S.A.

 

El Comité de Riesgos es responsable de asesorar al Órgano de Dirección en todo lo relacionado con las políticas de gestión de riesgos, así como respecto de la capacidad y el Apetito de Riesgo de la entidad en relación con los fondos administrados.

Este comité tiene las siguientes funciones:

  1. Supervisar la ejecución de la Declaración de Apetito de Riesgo por parte de la Alta Gerencia, la presentación de informes sobre el estado de la Cultura del Riesgo de la entidad y la interacción con el director de riesgos, o con quien asuma este rol.
  2. Proponer el Apetito de Riesgo, así como las políticas de riesgos para cada tipo de fondo administrado, necesarias para cumplir con el apetito de riesgo y los objetivos definidos en el plan estratégico.
  3. Recibir informes periódicos y oportunos del director de riesgos o quien asuma este rol, así como de las otras áreas o funciones relevantes, sobre el Perfil de  Riesgo actual de la entidad, de los límites y métricas establecidas, las desviaciones y los planes de mitigación.
  4. Proponer para aprobación del Órgano de Dirección de la entidad regulada:
    1. Los límites de exposición al riesgo para cada tipo de riesgo identificado.
    2. Las estrategias de mitigación de riesgo necesarias.
    3. El marco de gestión de riesgos.
  5. Opinar sobre la designación que efectúe el Órgano de Dirección del director de riesgos o equivalente.
  6. Informar al Órgano de Dirección y al Comité de Inversiones, al menos trimestralmente, sobre la exposición de los fondos administrados a los distintos riesgos y los potenciales efectos negativos que se podrían producir en la marcha de la entidad regulada por la inobservancia de los límites de exposición previamente establecidos.
  7. Vigilar el cumplimiento permanente del régimen de inversión aplicable. En caso de incumplimiento, presentar oportunamente un informe al Órgano de Dirección y al Comité de Inversiones sobre el incumplimiento y sus posibles repercusiones.
  8. Conocer y analizar los informes sobre el cumplimiento del régimen de inversión y la política de riesgos que la unidad o función de riesgos deberá presentar, como mínimo, en forma mensual.

 

Miembros de este Comité:

Marjorie Jiménez Varela
Director independiente presidente

Karol Montero Ulate
Jefe de Riesgos de Mercado y Liquidez

Felipe Brenes Piedra
Miembro externo

Minor Morales Vincenti
Gerente de Riesgo y Control Normativo