
Estimado cliente:
Nos complace informarle que El Banco de Costa Rica, por medio de su Comité de Crédito, en la sesión 32-2020 CC, Artículo X, celebrada el 20 de julio del 2020, aprobó un nuevo arreglo de pago en beneficio de todos los clientes que durante el año 2020 documentaron un primer arreglo de pago en sus operaciones de crédito, justificado en la disminución de ingresos por causas asociadas a los efectos del Covid 19 y cuya afectación aún se mantenga.
Condiciones Créditos:
• Haber firmado un primer arreglo de pago de una operación de crédito justificado en los efectos económicos del COVID-19.
• Mediante Declaración Jurada, manifestar que aún continúa con afectación en su capacidad de pago producto de la caída en la actividad económica por causas relacionadas con el COVID-19.
• El Banco otorgará un nuevo periodo de gracia de 06 o 12 meses según el nivel de afectación. El cliente pagará únicamente lo que corresponde a pólizas relacionadas con el crédito. El capital y los intereses no se cobraran durante ese periodo, sino que dicho cobro se realizará una vez finalizado el periodo de gracia, mediante la constitución de un crédito nuevo con tasa de interés diferenciada.
• El plazo máximo de esta nueva operación, será equivalente a la fecha de vencimiento de la operación “Original”.
La facilidad crediticia que se acordó conceder aplicará para las operaciones a cargo de personas Físicas y Jurídicas, PYMES con recursos BCR, operaciones con recursos del Sistema de Banca de Desarrollo, así como para los clientes de Banca Corporativa, la fecha límite para acogerse a esta alternativa y hacer valer el derecho a optar por la misma finaliza el 31 de enero 2021.
Para dar más detalles que le permitan formalizar el nuevo arreglo de pago sobre su operación de Crédito, el BCR pone a disposición de sus clientes el formulario electrónico en la página www.bancobcr.com, el mismo se llena desde la comodidad de su casa u oficina, posteriormente un asesor de servicio se estará comunicando para continuar con el trámite.
Condiciones Tarjetas de Crédito:
• Se realizará un avance de efectivo y se registrará, bajo el mecanismo de “adelanto de efectivo” para cancelar las cuotas atrasadas hasta por un máximo de 8 cuotas.
• Este financiamiento se registrará como una nueva transacción, que contará con 48 meses para ser cancelada, a una tasa fija preferencial del 10% anual.
• La transacción aparecería bajo la descripción “Apoyo financiero BCR” y no implica cobro de comisión.
En caso de no necesitar el arreglo de Tarjeta de Crédito o no estar de acuerdo en que el mismo sea aplicado automáticamente, debe enviar un correo electrónico a TrabajosOperacionesTarjetaBCR@bancobcr.com indicando en el asunto: NO APLICAR ARREGLO DE PAGO.
