Crédito Consolidación de Deudas

Cubra su necesidad financiera con el BCR

Conozca los detalles de este crédito:

Modalidad en Colones

Hasta c100,000,000*

Según capacidad de pago y garantía

Garantía

Hipoteca, Fideicomiso e Hipoteca Abierta

Porcentaje financiamiento

Hasta un 80%

Hasta 20 años

Diferentes plazos a su disposición

*Según capacidad de pago y garantía establecida en la normativa vigente.

Condiciones para obtener su crédito

  • Tener cuenta corriente o ahorros con el BCR
  • Estar afiliado a Bancobcr.com o BCR Móvil
  • Cargo automático del pago del crédito
  • Tener al menos 2 cargos automáticos de servicios públicos

Pasos para solicitar su Crédito

  1. Complete el formulario de Solicitud de Producto.
  2. Luego será contactado por uno de nuestros ejecutivos.
  3. Registre su número celular y correo electrónico y espere respuesta a su solicitud.

Calcule su cuota

 

Comisiones:

  • Comisión de Formalización: 3.00% sobre el monto del crédito. 
Se aplicará un rebajo en la comisión a las personas físicas cuyo salario o pensión es depositado en una cuenta del BCR, según el Reglamento de Tarifas y Condiciones para los servicios del BCR.
  • Comisión mínima del 1.00% sobre el monto del crédito.

  • Pago anticipado: 3% para créditos superiores a ₡6.000.000,00; vigente durante los primeros 5 años.

Plan de Inversión:

  • Se podrá consolidar deudas a título personal y a nombre de terceras personas físicas, siempre y cuando estas sean de primer y segundo grado de consanguinidad o de afinidad. Como casos de excepción, se podrán cancelar pasivos a nombre de una persona jurídica, siempre y cuando el deudor demuestre tener participación accionaria en la persona jurídica que tiene la deuda a cancelar. 
  • Esta modalidad de crédito aplica exclusivamente para la cancelación de deudas de consumo, vivienda, vehículo y tarjetas adquiridas con el BCR y con otras entidades.
  • En todos los casos de acreedores no regulados ni supervisados por la SUGEF, se podrá cancelar siempre que se puede demostrar la existencia de la deuda mediante verificación en el registro público (hipoteca, prenda). En caso de que la deuda no sea evidenciable de esta forma, no será sujeta de cancelación.
  • Se pueden financiar los gastos de formalización y de avalúo.
Forma de Pago:
  • Mediante cuotas mensuales con tasa fija por el plazo fijo establecido; resto del plazo tasa variable, mediante cuotas mensuales consecutivas e imputables a capital e interés vencidos.

Dirigido a:

  • Personas físicas costarricenses, o extranjeras cuya permanencia en el país se encuentre ajustada a derecho.
  • Personas físicas con al menos seis meses de laborar en forma continua en una o varias empresas, teniendo cómo mínimo tres meses con el patrono actual o con ingresos propios y pensionados con depósito en el BCR.
  • Con un comportamiento de pago histórico en el Sistema de Banca para el Desarrollo (CPH-SBD) nivel 1 y 2 según SUGEF Acuerdo 15-16. 
  • Aplica para colaboradores del Conglomerado BCR.

 

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